

ESTA ES NUESTRA INSTITUCIÓN

Pacto o Manual de Convivencia.
Núcleo Educativo 016
PRESENTACIÓN
El Consejo Directivo del Centro Educativo Rural de Restrepo, basado en la Constitución Nacional, la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994, estatuto docente, código único disciplinario y el código del menor, Aprobó el acuerdo del pacto o manual de convivencia, buscando con ello propiciar una convivencia sana y una formación integral en nuestras instituciones escolares que conlleven a fomentar valores de responsabilidad, tolerancia, respeto por las diferencias, amor y paz entre los integrantes de los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
Se espera que al interior de cada una de sedes escolares se de vida institucional a este acuerdo de sana convivencia para armonizar la tarea formadora de futuros-as ciudadanos-as.
MISIÓN
“Liderar la comunidad educativa rural del municipio de Restrepo, aplicando estrategias que permitan la formación integral de ciudadan@s competentes, que desarrollen un entorno sostenible para mejorar su calidad de vida con sentido investigativo científico, social y comunitario”.
VISIÓN
“Ser una empresa educativa competente en la orientación de futur@s ciudadan@s, conocedor@s de su realidad y dueñ@s de saberes necesarios para el manejo de su entorno en forma adecuada, proyectado hacia el progreso de futuras generaciones”.
FILOSOFÍA INSTITUCIONAL.
El presente Manual o Pacto de Convivencia parte del principio fundamental que toda persona por ser miembro de una comunidad es ser social, por naturaleza se evoluciona, se educa y se realiza como un ser situado frente a unas circunstancias que les son inherentes a su misma naturaleza, por lo tanto, el espíritu filosófico que le ilumina y orienta apunta así el desarrollo equilibrado de todas las dimensiones de la persona humana, y de la sociedad, mediante el conocimiento, respeto y vivencia de los valores fundamentales, la vida, la libertad, la comunicación, la justicia, la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo.
PERFIL DEL ESTUDIANTE.
El Educando del Centro Educativo Rural de Restrepo, será:
- Una persona exigente y preocupada por la puntualidad y la buena manera en su relación con los demás y con su entorno.
- Una persona crítica capaz de descubrir, analizar y elegir, autor de su propio proyecto de vida y en permanente actitud de cambio.
- Una persona capaz de apreciar los valores humanos y por ende, los de su comunidad.
- Una persona responsable e idónea en su trabajo y disciplinada al educarse.
- Una persona que ama la naturaleza y hace uso racional de sus recursos.
- Una persona que ama la vida y respeta los derechos humanos y la democracia.
- Integrante de la comunidad que se desarrolle a través de la solidaridad para dar y recibir ayuda.
- Llamado a alcanzar un nivel académico adecuado que le permita ingresar fácilmente a estudios superiores.
- Potenciado para tener hábitos sociales que le faciliten la adaptación al medio cultural y al éxito en la vida pública.
- Una persona capaz de liderar los procesos democráticos y comunitarios como alternativa de solución frente a los problemas de su entorno.
- Una persona que ame, defienda, se enorgullezca de pertenecer a su institución escolar, con calidad.
ARTÍCULO.6. SON ESTUDIANTES DEL CENTRO EDUCATIVO RURAL DE RESTREPO
- Quien se encuentre matriculado.
- Cumplir con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación Municipal y las políticas institucionales para el proceso de matrícula.
- Estar respaldados por el padre, la madre o por un acudiente o tutor con condiciones morales y económicas para asistirlo en las situaciones que lo requiera o cuando la institución lo solicite.
- Presentar los documentos requeridos y no cometer fraudes para diligenciar o resolver una situación escolar.
ARTÌCULO.7. SON CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE ESTUDIANTE:
- Cancelación voluntaria del contrato de matrícula de común acuerdo entre el estudiante, padres de familia, acudiente o tutor.
- Inasistencia habitual injustificada según Decreto 230 y 3055/ 2002, Artículo 9, literal C.
- Incurrir o cometer, un acto de extrema gravedad dentro o fuera de la institución.
- Por bajo rendimiento académico y esté asociado un comportamiento insuficiente o deficiente.
ARTÍCULO.8 UNIFORMES
Son deberes de los estudiantes portar el uniforme adecuadamente según Resolución 012 del 2001 de la Secretaria de Educación Departamental.
Uniforme de Diario
MUJERES: Camisa blanca manga corta; falda escocesa roja, el largo de la falda irá hasta la rodilla, medias blancas, zapatos negros. (Modelo Departamental).
HOMBRES: Camisa blanca, pantalón largo de lino color azul, correa negra, zapatos negros y medias blancas.
Uniforme de Educación Física
Sudadera blanca con franja verde y pantaloneta blanca (Modelo Departamental), tenis blanco y medias blancas.
CAPITULO IV
DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS
DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
ARTÍCULO.10. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.
Los estudiantes matriculados en el Centro Educativo Rural de Restrepo tendrán los siguientes derechos:
- A recibir la misma protección y trato de los demás miembros de la comunidad educativa.
- Gozar de sus derechos, sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen, familiar, social, religioso, ideológico, político o filosófico. (Constitución Política de Colombia).
- Recibir educación integral que garantice la formación en valores, principios éticos y cívicos, de acuerdo con los programas académicos y objetivos institucionales.
- Ser escuchado antes de ser sancionado.
- A la libertad de conciencia, nadie será molestado por razones de sus convicciones y creencias, no será obligado a revelarlas o a actuar contra su conciencia.
- A recibir servicios de biblioteca y demás servicios que ofrezca la institución.
- Promover y participar en campañas que busquen el bienestar y superación estudiantil e institucional.
- A ser tratado con dignidad por todos los miembros de la comunidad educativa y a ser respetado como persona en formación, que aspira a consolidar su responsabilidad.
- A que se le expida su respectivo carné estudiantil en el primer mes de clase.
- Conocer los resultados evaluativos, de parte del docente, antes de ser registradas en las planillas respectivas
- Solicitar revisión de sus evaluaciones cuando tenga duda de las mismas.
- Recibir las clases en las horas indicadas y con la debida puntualidad del docente en la entrada y salida.
- Recibir la información oportuna de los cambios de horario y de las actividades que se programen.
- Conocer el Manual de Convivencia y Normas Académicas.
15. Elegir y ser elegido en un ambiente democrático para participar en los comités y los proyectos de la institución.
16. Ser estimulado y orientado durante el proceso de formación contando con el apoyo de todas las instancias educativas y su familia como primer responsable de la educación de sus hijos.
- No ser sancionado académicamente por faltas disciplinarias o viceversa.
ART.11. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.
- Conocer y cumplir con lo acordado en el manual de convivencia.
- Participar activamente en el proceso educativo de su propia formación.
- Informar y justificar toda inasistencia a clase. La inasistencia será presentada por escrito, por el padre o la madre de familia o acudiente autorizado.
- Cumplir con las tareas, lecciones y trabajos señalados por el docente, dentro de los términos establecidos en el horario académico.
- Apoyar las campañas para mejorar o ampliar las ayudas didácticas.
- Acatar el reglamento para el uso del computador, biblioteca y demás recursos didácticos de la institución.
- Asistir puntualmente a cada una de las clases y cumplir a cabalidad con las exigencias del trabajo programado.
- Asistir y participar en todos lo actos y actividades programadas por la institución, según la metodología del Programa Escuela Nueva.
- Portar el uniforme establecido.
- Todo estudiante está comprometido a mantener una buena higiene personal.
- Presentar buen comportamiento, solidaridad y respeto para el docente, compañeros y comunidad en general.
- Tener en toda actividad que se desarrolle, actitudes de honradez y responsabilidad.
- Ser leales con la institución y con sus principios.
14. Seguir el conducto regular en la solución de conflictos académicos y/o disciplinarios.
15. Preservar, cuidar y mantener en buen estado el material de enseñanza, instalaciones, enseres, equipos, dotación y bienes de la institución.
- Cumplir con los pactos y compromisos adquiridos al interior del centro educativo.
ARTÍCULO.12. DERECHOS DEL DOCENTE
- Recibir un trato respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.
- Frente al estado, los contemplados en el estatuto docente y demás normas educativas.
- Percibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado en el escalafón.
- Solicitar y obtener los permisos que requieran de acuerdo con sus disposiciones legales pertinentes.
- Ser escuchado en su justa petición y reclamos oídos en descargos.
- Ser previsto de las ayudas y material didáctico para el buen desempeño de su labor.
- Participar y recibir cursos, actividades que mejoren y actualicen su profesionalismo.
- Promover, organizar eventos y proyectos que contribuyan al mejoramiento y calidad de educación y vida escolar.
- Recibir estímulos, de solidaridad cuando sus acciones, hechos y situaciones personales lo ameriten.
- Tener autonomía en las clases buscando siempre la superación personal como intelectual de sus estudiantes.
- Conocer el manual de convivencia.
- Recibir información oportuna de cualquier decisión que se tome con respeto al funcionamiento de la institución.
13. Acceder a la información que tenga como finalidad promover su bienestar social y cultural.
14. Los docentes tienen derecho a elegir y ser elegido para integrar y participar en los comités y demás instancias establecidas en la ley 115 y demás normas reglamentarias.
- sugerir actividades a sus compañeros con el fin de mejorar el rendimiento académico de sus estudiantes.
ARTÍCULO.13. DEBERES DEL DOCENTE
- Cumplir la constitución y las leyes de Colombia.
- Ser verdadero maestro conduciendo, orientando a la comunidad, más con sus hechos que con sus palabras.
- Ser innovador en el que hacer pedagógico, asistir puntualmente a sus clases y a las demás actividades programadas por la institución.
- Ser ejemplo de sus estudiantes en toda circunstancia y lugar.
- Infundir respeto a todos los seres, personas y estamentos; especialmente a Dios a la Patria y a sus instituciones, a los derechos humanos y a la naturaleza.
- Escuchar con respeto a sus estudiantes y reconocerlos descubriendo sus valores y talentos para encausarlos.
- Dar un trato justo y equitativo, sin evidenciar preferencias.
- Respetar los derechos de los estudiantes, brindándoles un trato amable y cordial.
- Abstenerse de solicitar o conceder préstamos en dinero o cualquier otro beneficio económico a sus estudiantes y/o padres de familia.
- Asistir puntualmente a las reuniones programadas con padres de familia y autoridades educativas.
- Mantener las mejores relaciones con los padres de familia dentro de los marcos del respeto mutuo.
- Utilizar un lenguaje apropiado para cuando se dirija a los estudiantes, compañeros, y padres de familia.
- Utilizar creativamente los medios didácticos con los que cuente la institución, siempre en busca de mejorar la calidad educativa.
- Promover la libre expresión de los estudiantes mediante la utilización de los medios existentes de la institución.
- Agotar todos los recursos que estén a su alcance para evitar la deserción y la retención escolar.
ARTÍCULO.14. DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES:
- Establecer comunicación permanente entre el estudiante, docentes, directivos y padres de familia, para conseguir en forma conjunta el desarrollo integral de su hijo o acudido.
- Recibir oportunamente la información concerniente a las actividades del colegio y las determinaciones y cambios realizados por el Consejo Directivo y/o Académico.
- Solicitar con anticipación los permisos que su hijo(a) requiera y presentar dentro del tiempo reglamentario las excusas, cuando por causa justa deba ausentarse del colegio.
- Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y contribuyan al mejor funcionamiento del plantel, ante el organismo correspondiente.
- Hacer reclamos justos y respetuosos, dentro del tiempo fijado ante el organismo correspondiente.
- Conocer oportunamente las investigaciones y correctivos que afecten a sus hijos o acudidos.
- Recibir colaboración eficiente y/o oportuna de los diversos estamentos del plantel en los aspectos educativos y formativos.
- Asistir y participar en la junta y/o consejo de padres y a la escuela de padres.
- Participar en la orientación que el colegio ofrece a su hijo en el desarrollo autónomo, el carácter, la critica, la reflexión, la sociabilidad, la responsabilidad, la seguridad de si mismo (a) trascendental y analíticamente.
- Ser informados oportunamente en lo pertinente al rendimiento académico - técnico y el comportamiento general de hijos (as).
ARTÍCULO.15. DEBERES DE PADRES, MADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES.
- Asistir puntual y obligatoriamente a las reuniones de los padres de familia que se convoquen.
- Atender las llamadas del docente para tratar asuntos individuales relacionados con sus hijos o acudidos.
- Colaborar con el plantel en todas las actividades.
- Responder económicamente por los daños que causen sus hijos.
- Vigilar el comportamiento de sus hijos fuera del plantel.
- Inculcar en sus hijos el cumplimiento de tareas, trabajos, investigaciones, consultas y lecciones.
- Dotar a sus hijos de los elementos necesarios para el cumplimiento del quehacer académico.
- Cancelar oportunamente los costos educativos.
- Diligenciar personalmente las matrículas en las fechas fijadas por la Institución.
- Proveer los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades escolares y propiciar en casa un sano ambiente de estudio.
- Ejercitar al interior de la familia los valores éticos y morales para los hijos o acudidos.
- Informar oportunamente a la Institución de las causas de inasistencia de sus hijos o acudidos.
- Participar activamente en la asociación de padres de familia de la Institución.
- Elegir y ser elegidos para los cargos de representación en los marcos directivos de la asociación y del Centro Educativo.
- Los padres, acudientes o tutores deberán observar buenos modales frente a posibles observaciones que el docente formule para con sus hijos.
- Presentarse oportunamente a la Institución cuando extraordinariamente sean citados, por el docente y siempre conservar una adecuada presentación personal.
- Los padres o acudientes de los estudiantes deberán respetar como persona y como profesional al educador.
- Es deber de los padres de familia o acudientes colaborar con las estrategias diseñadas por los docentes para mejorar el rendimiento académico de los estudiantes.
- Los padres o acudientes deberán dar buena orientación a los estudiantes como primeros actores en el proceso educativo.
- Los padres o acudientes deberán velar por la salud y la integridad física de los estudiantes.
CAPITULO V
ACTITUDES INDEBIDAS COMO INTEGRANTE DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
ARTÍCULO.16. SON FALTAS DISCIPLINARIAS QUE ATENTAN CONTRA EL ORDEN INSTITUCIONAL Y ACADEMICO, LAS SIGUIENTES:
- Consumir sustancias psicotrópicas que perjudican la vida, el futuro, el bienestar propio, el de su familia y le hacen una persona despreciable ante sí mismo y ante la sociedad.
- Causar daño a muebles y enseres.
3. Faltar al respeto a cualquier miembro de la comunidad educativo con actitudes y vocabulario soez, gestos, sobrenombres y groserías que atenten contra la integridad y dignidad de la persona.
- Portar armas de cualquier tipo en la Institución.
- El acoso sexual.
- Toda conducta lujuriosa o nociva dentro del plantel o mientras se portan distintivos o uniformes de la Institución.
- Realizar actividades no autorizadas, apostar en juegos de azar y portar revistas pornográficas dentro de la Institución o utilizar el nombre de la escuela en actividades de beneficio particular.
- Denigrar de los miembros de la comunidad educativa (docente, padres de familia, estudiantes, y comunidad veredal).
9. Sustracción y/o utilización indebida de documentación de uso institucional.
10. Alterar notas, falsificar firmas y documentos.
11. Los demás actos determinados en los reglamentos por los órganos académicos, administrativos y directivos.
ARTÍCULO.17. FALTAS QUE ATENTAN CONTRA EL ORDEN INSTITUCIONAL Y ACADÉMICO:
ESTUDIANTES DEL CENTRO EDUCATIVO:
- Consumir o expender dentro o fuera del Centro Educativo cualquier tipo de drogas alucinógenas, cigarrillos, bebidas alcohólicas, y demás elementos que atenten contra la integridad física y /o mental, o medio ambiente que impidan el normal desarrollo de las actividades académicas.
- Fomentar riñas o discusiones dentro o fuera del plantel con sus compañeros.
- Utilizar sobrenombre o apodos para referirse a sus compañeros, profesor o cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Faltar a cualquiera de los deberes para los estudiantes descritos en el artículo 10 de la presente normatividad.
- Portar armas o elementos corto-punzantes que atenten contra la integridad física de las personas.
- Salir de la institución durante el desarrollo de clases, o en la hora de los descansos, o en la ausencia del profesor, sin la debida autorización.
- Falsificación, adulteración y/o utilización de documentos falsos, exámenes o calificaciones con el fin de obtener beneficios académicos o administrativos.
- Presentarse a la institución en estado de embriaguez o bajo los efectos de estupefacientes, sustancias alucinógenas o psicotrópicas.
- Irrespetar o dar mal trato de palabras o de hecho al docente, compañeros y demás comunidad educativa.
- Todo acto que atente contra la moral y las buenas costumbres que deben reinar dentro y fuera del plantel.
- Ocasionar daños de cualquier índole en la estructura de la escuela o en sus bienes, en útiles y uniformes de compañeros.
- Apropiarse sin la debida autorización de los libros, cuadernos y objetos personales de los compañeros, profesores y elementos de la institución.
- Traer y portar joyas o prendas que no correspondan al uniforme
- Asistir con prendas de vestir inadecuadas en atención a la cultura escolar.
- Esconder o dar mal uso y causar daños de cualquier índole a elementos personales de compañeros, docente y demás comunidad educativa.
- Irrespetar los símbolos patrios e institucionales.
- Sustraer, adulterar, alterar o falsificar documentos, incurrir en fraude de evaluaciones y actividades académicas o deportivas.
ARTÍCULO.18. FALTAS QUE ATENTAN CONTRA EL ORDEN INSTITUCIONAL Y ACADÉMICO:
DOCENTES DEL CENTRO EDUCATIVO:
- Abandonar o suspender sus labores injustificadamente o sin autorización previa.
- Aplicar sanciones colectivas de tipo académico, disciplinario o de conducta.
- La asistencia al sitio de trabajo en estado de embriaguez o la toxicomanía.
- La malversación de fondos o bienes escolares o cooperativos.
- El tráfico de certificados de estudio, de trabajo o documentos públicos.
- La aplicación de castigos físicos y denigrantes a los educandos.
- El incumplimiento sistemático de los deberes y la violación reiterada de las prohibiciones.
- La comisión de delitos.
- El abandono del cargo.
- La presentación personal que distraiga a los estudiantes de su función de estudiantes.
- Abuso de autoridad.
- Solicitud de servicios personales a los estudiantes.
- Exigir a los estudiantes textos no autorizados por el Consejo Académico.
CAPITULO VIII
FALTAS DISCIPLINRIAS Y DEBIDO PROCESO
ARTÍCULO.24. CONCEPTO
El sistema disciplinario busca el fomento, desarrollo y responsabilidad del individuo para convivir en sociedad,garantizar su formación integral, asegurar el bienestar general y la buena marcha del plantel.
Los estímulos y las sanciones que deban aplicarse a los estudiantes, deben ser justos y en forma oportuna; las sanciones se impondrán después de las medidas persuasivas, previa a indagación a la causa de la indisciplina.
ARTÍCULO.25. FALTAS DEL ESTUDIANTE
Concepto: Llámese falta al quebramiento de una obligación, compromiso o al incumplimiento de los deberes contemplados en el Manual de convivencia de la disciplina.
Las faltas son acciones o comportamientos que se cometen dentro o fuera de la institución y causan perjuicio material y moral y afectan de manera significativa a otros y el buen nombre de la institución,
Las faltas se clasifican en dos: Faltas de tipo académico y faltas de comportamiento.
ARTÍCULO.26. Se considera faltas académicas:
- Retardo diario.
- La no asistencia a clase.
- La distracción continua y el bajo rendimiento académico.
- El fraude en evaluaciones o trabajos presentados.
- La no presentación de pruebas o trabajos.
- La apatía constante para la consecución de los logros en las áreas.
ARTÍCULO.27 faltas de comportamiento
- Se considera faltas leves: Son acciones o comportamientos que se cometen, cuyas consecuencias no afectan de manera significativa a otros ni al buen nombre de la institución, ellas requieren de orientación, dialogo, procesos formativos y seguimiento.
- Llegar tarde al plantel.
- Incumplir los deberes académicos y disciplinarios asignados por el profesor.
- Desordenar e irrespetar la formación general (actividades de conjunto).
- Portar indebidamente los uniformes de la escuela dentro y fuera del plantel.
- Ingerir alimentos y gomas durante la clase.
- Distraer intencionalmente a sus compañeros en horas de clase.
- Abandonar la institución sin permiso del profesor.
- El desacato a las órdenes dadas por sus superiores.
- Ingresar al plantel por sitios diferente a la portada o en horas diferentes a las de su jornada, sin la debida autorización.
B. Se consideran faltas graves: Se consideran faltas graves aquellas acciones y comportamientos que se cometen dentro o fuera de la institución y causan perjuicio material y moral, atentan contra los derechos de los demás, alteran la convivencia y obstaculizan el normal desarrollo de las actividades académicas o culturales y todas aquellas conductas reincidentes en las faltas leves
- Agredir física y/o verbalmente a cualquier persona de la institución, promover riñas, amenazas dentro y fuera del plantel.
- Reincidir tres veces en las faltas leves.
- Reñir de palabras o de hechos, proferir palabras obscenas, soeces, vulgares o insultantes hacia los compañeros y/o profesor, dentro o fuera del plantel, o involucrando personas ajenas a la institución en los problemas que se originan en ésta.
- El hurto comprobado.
- Portar los uniformes en tiempo que no sean de actividad de la institución, en sitios no adecuados o presentando espectáculos indecoros.
- Destruir los muebles, enseres elementos, herramienta, equipo o material de la escuela.
- Presentar mal comportamiento en otras instituciones, empresas, lugares recreativos y culturales, cuando se actúe como estudiante de la escuela.
- La violación o desobediencia de los deberes y prohibiciones del presente manual.
- Atentar contra el sistema ecológico del plantel.
- Las manifestaciones de las actitudes de interacción sexual dentro del plantel.
- Dibujar o escribir en lugares no adecuados signos y vocabulario morboso.
- Deteriorar o destruir con pinturas rayas o escritos los muebles e inmuebles del plantel.
- Agredir verbalmente a todos o a un compañero.
- Desacato a las órdenes dadas por sus superiores.
- no informar oportuna y claramente a los padres de familia sobre reuniones y citaciones hechas por la institución o suplantar las respectivas firmas de los comunicados.
ARTÍCULO.28. circunstancias en que se presenta la falta:
- Reincidir en faltas de la misma naturaleza.
- Cometer la falta en complicidad con otras personas.
- Cometer la falta por ocultar otra.
- La ostensible preparación o meditación de la comisión de la falta.
- Cometer la falta aprovechando la confianza depositada por el profesor del plantel.
Se consideran circunstancias atenuantes o eximentes.
- Buena conducta anterior - buen comportamiento.
- Declarar voluntariamente la falta en forma oportuna y veraz.
- Haber sido inducido o coaccionado a cometer la falta.
- Personalidad del estudiante, edad, aptitudes intelectuales y éticas, voluntad y sensibilidad para reaccionar en cualquier caso.
- Buen rendimiento académico.
ARTÍCULO.29. NATURALEZA MÓVILES Y EFECTOS DE LA FALTA
Toda falta se evaluará por aspecto disciplinario en lo relacionado con los deberes, observando sus causas y consecuencias.
ARTÍCULO.30. Circunstancias o modalidades del hecho.
la participación del estudiante en la realización de la falta y la existencia de particularidades agravantes, atenuantes o eximentes precisan el tipo de sanción a aplicar.
Las faltas contempladas en el artículo 25 literal B se sancionarán por el profesor previa consulta al Consejo directivo.
CAPITULO VII
CORRECTIVOS ACADÉMICOS, DISCIPLINARIOS, SANCIONES Y CONDUCTA REGULAR
ARTÍCULO.31. DE LOS CORRECTIVOS
Concepto: se consideran como mecanismos correctivos todas las estrategias y recursos de diálogo y conciliación tenientes a prevenir violaciones a las normas del manual de convivencia y como recurso anterior a la aplicación de sanciones.
ARTÍCULO.32. Considérese y aplíquese los siguientes correctivos a los estudiantes a fin de prevenir bajo rendimiento académico.
- Se elabora un diagnóstico de su bajo rendimiento.
- Orientación de estrategias aplicadas dando un tiempo prudente para que surta alguno efecto.
- De persistir el bajo rendimiento y no apreciar preocupación por parte del estudiante y falta de apoyo del acudiente se firmará acta de compromiso; si no es suficiente se llevara la situación al consejo directivo para concebirse los pasos a seguir.
ARTÍCULO.33. Considérese y aplíquese los siguientes correctivos a fin de prevenir incumplimiento con los deberes consignados en el capítulo IV artículo 10.
- Convocatoria para diálogo con el docente de la escuela, registrada la observación en el anecdotario del estudiante y poniendo en conocimiento al personero de los estudiantes.
- De darse reiteración en la falta o no apreciarse conductas de cambio, se dará a conocer, de ser necesario, al consejo directivo y se procederá a aplicar sanciones de acuerdo a la gravedad de las faltas y según lo estipulado en el artículo 32 .
- En caso de que ninguno de los anteriores mecanismos ofrezca resultados el Consejo Directivo se encargará de dar cumplimiento al Acta de compromiso firmada.
ARTÍCULO.34. Considérese y aplíquese los siguientes correctivos a los padres de familia con el fin de prevenir incumplimiento con los deberes consignados en el artículo 13 del presente Manual de Convivencia.
- Convocatoria para diálogo en la institución con el docente.
- Buscar la conciliación conjuntamente entre padres de familia y docente.
- Remisión del caso ante el Consejo Directivo del plantel para su estudio y toma de determinaciones correctivas.
- Llamado de atención a través del Consejo Directivo.
ARTÍCULO.35. Para los demás integrantes de la comunidad educativa se aplicará acciones correctivas basada en el diálogo y la conciliación siempre tendientes a prevenir la aplicación de sanciones.
ARTÍCULO.36. SANCIONES
Concepto: La sanción es una acción correctiva que se aplica después de comprobar un comportamiento o una actitud negativa, acción que tiende a confirmar una norma y reparar la falta.
ARTÍCULO.37. A las faltas académicas se aplica las siguientes sanciones:
- La inasistencia a clase se sanciona con falla, si se justifica se autorizará la repetición de cualquier prueba presentada.
- La desaplicación continua y el bajo rendimiento académico obligan al estudiante a adelantar las acciones de refuerzo que determine el docente.
- La no presentación, sin justa causa, de pruebas o trabajos anunciados con anterioridad no exime al estudiante de su presentación y lo obliga a compensar el retardo con un trabajo de extensión equivalente al no presentado.
ARTÍCULO.38. Procedimiento para sancionar las faltas de comportamiento:
- Las faltas contempladas en el artículo 25, literal A serán sancionados por uno de los siguientes medios:
1. Amonestamiento verbal, por parte del profesor, registra la observación en el anecdotario del estudiante.
2. Cuando las faltas leves son sometidas por segunda vez se sancionará mediante amonestación escrita (resolución) con notificación al padre de familia y anotación en el libro de comportamiento, firmado por el estudiante.
- Para la aplicación de las sanciones por faltas graves se remitirá al COMITÉ EVALUATIVO DE COMPORTAMIENTO, integrado por los dignatarios del consejo directivo, con notificación al padre de familia.
- Las faltas muy graves serán juzgadas, en forma extraordinaria, por el Consejo Directivo a más tardar el día siguiente de que se conozca la falla, con la asistencia del personero de los estudiantes y del padre de familia.
- Las faltas contempladas en el artículo 25 literal B, se sancionará por uno de los siguientes medios:
1. Amonestación escrita, con notificación al padre de familia.
2. De acuerdo a la gravedad de la falta se podrá emitir suspensión del estudiante por uno, dos y tres días hábiles, con notificación al padre y apoyo psicosocial, según su caso.
3. De retirarse constantemente cualquier falta grave se citará al padre o acudiente para la firma del acto de compromiso donde el estudiante será cambiado de institución educativa.
ARTÍCULO.39. Acción disciplinaria y conducta regular.
La acción disciplinaria, se inicia de oficio al recibir información del profesor o bien por denuncia fundamental de cualquier persona su resultado se obtendrá de acuerdo de la falta contemplada.
En todos los casos se seguirá una disciplina preventiva y correctiva buscando el bienestar, y un cambio de actitud, a través de un compromiso.
El profesor es un orientador, al igual que el padre y/o la madre de familia, los cuales deben preocuparse por lograr un cambio de actitud que favorezca la formación integral del estudiante.
- Las faltas cometidas no se sancionarán hasta no conocer las causas del hecho.
- Toda falta será sancionada de acuerdo a su gravedad. Las sanciones comprenden desde llamadas de atención hasta la recomendación de cambio de escuela o suspensión definitiva de la matrícula.
- El conducto regular para las faltas graves es el siguiente:Profesor y Consejo Directivo.
- Las faltas graves cometidas colectivamente sin que se establezcan responsabilidades individuales en al comisión de las mismas, serán estudiadas por el director o el consejo Directivo, según lo requiera la situación para la sanción pertinente.
- Cuando se presente una falta que impide la convivencia social, para la permanencia del estudiante en la escuela, el consejo directivo procederá sin observación de los atenuantes y obviando todos los procedimientos a la cancelación definitiva de la matrícula.
- En caso de suspensión temporal se consignará las fallas correspondientes a la sanción.
- La directiva del plantel se reservará el derecho de admisión de nuevos estudiantes de acuerdo al comportamiento del aspirante aun presentando constancias de aprobación académica.
hoy iniciamos
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ESTA ES LA PAGINA DE LA PRIMARIA ESCUELA NUEVA Y BACHLLERATO RURAL DEL CENTRO EDUCATIVO RURAL DE RESTREPO SEDE CANEY ALTO |
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LA PROXIMA SEMANA DEL 01 AL 04 DE MARZO SE REALIZARA LA ELECCION DE NUESTRO PERSONERO LOS INVITAMOS A VER Y ESCUCHAR LAS PROPUESTAS QUE ELLOS TIENEN. LAS PROPUESTAS ESTARAN EN LA PAGINA DE INICIO |
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HOY JUEVES 04 DE MARZO SE REALIZO LA ELECCION DE NUESTRO PERSONERO, PUEDES CONSULTAR LOS RESULTADOS EN LA PAGINA DE ACTIVIDADES INSTITUCIONALES. |
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EL PROXIMO LUNES 08 DE MARZO ESTAREMOS REALIZANDO LA CELEBRACION DEL DIA DE LA MUJER, DE ANTEMANO DESEAMOS UN FELIZ DIA A TODAD LAS MUJERES DE NUESTRO CENTRO EDUCATIVO. |
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